De las actividades fijas y complementarias de la Carrera

Los doctorandos deberán cumplimentar actividades de formación general y específica del más alto nivel académico, las que serán planificadas por el Director junto con el aspirante y consistirán en materias, cursos, seminarios y/o pasantías por un total de treinta (30) créditos como mínimo.

 

Actividades fijas:

Según el Art. 20 del Reglamento y plan de estudios de la carrera, todos los doctorandos deberán realizar actividades comunes denominadas actividades fijas a las que se les otorgará en conjunto quince (15) créditos:
a) Curso de Bioestadística
b) Curso de Metodología de la Ciencia
c) Curso de Bioética


Actividades complementarias:

Las actividades complementarias de postgrado corresponden a materias, cursos y/o seminarios con evaluación final. La asignación de créditos a estas actividades se hará sobre una base de un (1) crédito cada quince (15) horas de actividad. Estas actividades deberán cumplir los requisitos establecidos en los Art. 10 a 19 del Reglamento del Doctorado.